Habilitación personal casas particulares
-
Se exceptúa del cumplimiento del “Aislamiento social, preventivo y obligatorio" a las personas afectadas a dicha actividad, ello en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
-
Solo podrán prestar tareas a un único empleador
-
Los o las titulares o responsables de los lugares donde se efectúen las tareas autorizadas deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado (taxi, remis, etc)
-
Deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia Covid-19, establecido por la Decisión Administrativa N° 897/20
-
Vigencia a partir del 15 de octubre de 2020
Para leer la Decisión Administrativa y los Protocolos de Seguridad completos ingresar a:
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/236108/20201015