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Especial: Acuerdos de gremios por implementación 

FUVA – VIAJANTES DE COMERCIO

Acordaron el pago de la ANR prevista en el decreto 665/19 en dos cuotas iguales de $2500.- que serán abonadas de la siguiente forma

  1. $2500.- con las remuneraciones de noviembre 2019

  2. $2500.- con los salarios de enero 2020.

La ANR debe ser liquidada bajo el rubro “Decreto 665/2019 – CCT 308/75”

 

Puede bajar el acuerdo completo desde aquí: http://www.redsocialfuva.org.ar/redsocial/fuva/download/Acuerdo%20por%20Decreto%20665-2019%20CCT%20308-75.pdf

 

UOMRA

El 8 de octubre de 2019 la UOMRA firmo el acuerdo sobre la implementación del pago de la suma establecida por el decreto 665/2019 (de $ 5.000.-). Se destacan los siguientes puntos:

  • La suma de $ 5.000.- será abonada en tres cuotas, la primera de $ 2.000.- con el pago de la segunda quincena de octubre de 2019, la segunda de $ 2.000.- con el pago de la segunda quincena del mes de noviembre de 2019 y la tercera de $ 1.000.- con el pago de la segunda quincena del mes de diciembre de 2019.

  • En caso de trabajadores que cumplan una jornada a tiempo parcial o trabajadores que hayan ingresado con posterioridad al mes de abril de 2019 se abonará el proporcional correspondiente.

  • Las sumas abonadas por este concepto son no remunerativas.

  • La ANR se compensará con los valores resultantes de las próximas revisiones salariales. Aquellos empleadores que hayan otorgado aumentos voluntarios luego del 12 de agosto de 2019 podrán compensar y/o absorberlos hasta su concurrencia con la suma total de la asignación.

  • Las empresas que hayan iniciado un procedimiento preventivo de crisis o se encuentren incluidas en programas de emergencia ocupacional o apliquen programas de suspensiones por falta o disminución de trabajo podrán adecuar la implementación de la asignación mediante acuerdos con la representación sindical.

 

Puede bajar el acuerdo completo desde aquí:

https://s3.amazonaws.com/uom.org.ar/site/wp-content/uploads/2016/11/09153118/Acta-bono-5000.pdf

 

UTHGRA - 

UTHGRA y FEHGRA acordaron en el día de ayer que los $ 5.000 se pagarán en hasta 5 cuotas de $ 1000 en los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2019, enero y febrero de 2020.

Será proporcional a la jornada y se compensará y analizará su incidencia en la próxima revisión prevista para el mes de marzo de 2020. 

En el recibo de cada mes se detallará bajo el concepto "Asignación Extraordinaria Decreto 665/2019".

Por último, se acordó el pago de una Contribución (a cargo del empleador) por única vez de $ 450 por cada trabajador comprendido en el CCT 389/04 a abonarse hasta el 10 de diciembre de 2019.

 

SETYA – TEXTILES

Con relación al pago del bono del decreto 665/19, acordaron abonar la dicha suma no remunerativa de la siguiente forma:

  1. $1000.- en el mes de noviembre 2019

  2. $1000.- en el mes de diciembre 2019

  3. $1000.- en el mes de enero 2020

  4. $2000.- en el mes de febrero 2020

Se deja establecida la NO compensación de esta suma en futuras negociaciones salariales

 

Puede bajar el acuerdo completo desde aquí: http://setia.org.ar/gremiales/Acta%20decreto%20665%20$5000.pdf

SOIVA – VESTIDO Y AFINES

Con relación al pago del bono del decreto 665/19, acordaron abonar la dicha suma no remunerativa de la siguiente forma:

  1. $1000.- en el mes de noviembre 2019 – dentro del 4° día hábil del mes

  2. $1000.- en el mes de diciembre 2019 – dentro del 4° día hábil del mes

  3. $1000.- en el mes de enero 2020 – dentro del 4° día hábil del mes

  4. $2000.- en el mes de febrero 2020 – dentro del 4° día hábil del mes

 

Se deja establecida la NO compensación de esta suma en futuras negociaciones salariales

En breve se publicará el acta de acuerdo en la web del sindicato

 

UATRE – Trabajadores Rurales

Por la resolución 2016/19 CNTA se dispone el pago de un bono extraordinario de $5.000 de carácter no remunerativo.

Dicha suma se abonará de la siguiente manera: tres pagos de $1.667 en los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2019.

La Comisión Nacional de Trabajo Agrario volverá a reunirse en enero de 2020 para la revisión salarial.

Puede bajar la resolución completa desde aquí: https://www.uatre.org.ar/attach/resol/2019_216.pdf  

 

UOYEP - PLÁSTICOS

Los trabajadores del plástico acordaron que la suma no remunerativa de 5000 pesos del decreto 665/19 se pagará en 4 cuotas para los trabajadores del CCT 419/05 y que dicha suma se compensará con las próximas revisiones salariales.

Los 5000 pesos, que se pagarán en 4 cuotas, se distribuirán de la siguiente manera:

  • $500 con los haberes de septiembre 2019

  • $1500 con los haberes de octubre 2019

  • $1500 con los haberes de noviembre 2019

  • $1500 con los haberes de diciembre 2019

El acuerdo, está pendiente de homologación.

 

USIMRA – MADEDEROS

El acuerdo, incluye el pago del bono de 5 mil pesos por Decreto N°665/2019, que será abonado en 5 cuotas de mil pesos, de carácter no remunerativo, de la siguiente forma:

  • la primera cuota con la segunda quincena de septiembre de 2019;

  • la segunda cuota con la segunda quincena de octubre de 2019;

  • la tercera cuota con la segunda quincena de noviembre de 2019;

  • la cuarta cuota con la segunda quincena de diciembre de 2019

  • la quinta cuota con la segunda quincena de enero de 2020.

Las sumas mencionadas no serán pasibles de retención alguna. Los pagos en cuotas correspondientes a los $ 5.000 (pesos cinco mil), deberán figurar en los recibos de sueldo con el ítem “pago decreto 665/2019”.

Estas sumas serán percibidas proporcionalmente al tiempo efectivo de trabajo

Puede bajar el acuerdo completo desde aquí: http://www.usimra.com.ar/files/acuerdos/2019ModifAcuerdo.pdf

 

COMERCIO

El Sindicato de Comercio acordó que el bono fijado por el Dec. 665/19 se abone en 5 cuotas de $1000.- iguales y consecutivas con carácter no remunerativo.

La primera cuota se abona con los salarios de septiembre y la última con los de enero 2020Como única excepción al carácter no remunerativo, se establece una contribución extraordinaria con destino a OSECAC equivalente a los aportes de los trabajadores y las contribuciones patronales, sobre los $5000.-

Asimismo establece que los empleadores que así lo decidan pueden abonar este bono en un solo pago durante el mes de octubre.

Puede consultar el acuerdo completo en el siguiente link:

http://www.faecys.org.ar/acuerdo-bono-decreto-665/

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